Malla curricular

El plan de estudios del Magister en Urbanismo se estructura siguiendo la idea del Urbanismo como una disciplina construida en el hacer, que mezcla teoría y práctica, lo que explica el carácter mixto del programa. En esa lógica, el Plan de Estudios se divide en dos áreas: una que facilita a los (las) estudiantes asimilar las bases teóricas del Urbanismo y que por lo tanto contribuye a la Línea Académica y otra que, gravita más a la Línea Profesional.

Las asignaturas responden a grandes áreas y se distribuyen de manera balanceada: seis se asocian a la Línea Académica y siete a la Profesional. Las Líneas Académica y Profesional se encuentran y dialogan en los Talleres, instancia en la cual se realiza una síntesis de conocimientos aportados por el propio Programa, como por las diferentes formaciones de los (las) estudiantes. Los Talleres fueron el resultado de la primera acreditación del Programa y se han consolidado en los últimos seis años.

La naturaleza de los Talleres también avanza en complejidad a lo largo de los tres semestres en que éstos se dictan. En efecto, mientras el Taller de Urbanismo 1 (primer semestre), se centra en una escala barrial y comunal, el Taller de Urbanismo 2 (segundo semestre), se enfoca en problemáticas del territorio intercomunal, proponiendo alternativas de solución de carácter más global.

 

Organización Curricular 

Nota: (Art. N°14) El programa considera 90 créditos con un valor horario de 24 horas para cada uno. Los créditos comprenden tanto aquellas actividades realizadas bajo supervisión docente como el trabajo personal empleado para cumplir con las actividades del Programa.).

Tesis o AFE 

La obtención del Grado de Magister en Urbanismo requiere haber aprobado las actividades curriculares del Plan de Formación, el documento de la Tesis de Grado, o de una Actividad Formativa Equivalente a Tesis, y el Examen de Grado correspondiente, con nota igual o superior a cuatro (4,0).

La Tesis de Grado consistirá en un trabajo de investigación de carácter innovador, en el cual el postulante se verá enfrentado a un problema cognitivo, debiendo demostrar su capacidad para hacer una contribución efectiva al conocimiento utilizando los conocimientos y herramientas aportados por el Magister en Urbanismo. La memoria de la Tesis deberá conformar un cuerpo esencialmente escrito y novedoso de conocimientos fundados, para la solución de un problema cognitivo.

La Actividad formativa equivalente a tesis consistirá en un trabajo de aplicación profesional, de carácter innovador, en el cual el postulante se verá enfrentado a un problema práctico, debiendo demostrar su capacidad para hacer una contribución efectiva a su resolución utilizando los conocimientos y herramientas aportados por el Magister en Urbanismo. La memoria de la AFE deberá conformar un cuerpo escrito y novedoso de proposiciones fundadas para la solución de un problema práctico.

Días de clases

El programa de Magíster en Urbanismo se imparte de manera presencial. Las clases lectivas se realizan los días Viernes de 08:30 a 18:00 horas y Sábado de 08:30 a 11:45 horas. Ante razones de fuerza mayor, la Escuela de Postgrado se reserva el derecho de efectuar alguna modificación.

Convalidaciones y homologaciones

La homologación de cursos aprobados en forma previa al ingreso al Programa, se rige por el Reglamento General de Estudios Conducentes a los Grados Académicos de Magíster y Doctor vigente, D.U. Nº0028011, del 05 de octubre de 2010, en sus artículos Nº20 y 21º: 

Párrafo 5°
Del reconocimiento de actividades académicas

Artículo 20
Los postulantes a un programa podrán solicitar el reconocimiento de actividades académicas al Director de la Escuela respectiva, quien resolverá previo informe del Comité Académico del programa. El postulante, para estos fines, deberá acompañar los programas y certificados de probación de cada una de ellas y los documentos correspondientes, autentificados de acuerdo a la normativa vigente. Las actividades de investigación sólo se podrán reconocer si han dado origen a publicaciones.

Artículo 21
El reconocimiento de actividades curriculares realizadas con anterioridad por el candidato no podrá incluir la tesis o la actividad formativa equivalente a tesis.

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